
El Guadiana vuelve a ser navegable en Badajoz. La Confederación Hidrográfica del Guadiana ha levantado la prohibición que pesaba sobre el río, y la resolución se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 13 de julio de 2026, modificando la anterior del 10 de agosto de 2020. La norma regula la navegación deportiva y de recreo en las aguas continentales de la cuenca, así que el río, que separa España y Portugal a lo largo de sus 822 kilómetros, recupera su uso desde el agua.
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Para subirte a un barco hay un trámite obligatorio: presentar una Declaración Responsable. Con ese documento puedes empezar a navegar al día siguiente de presentarlo, aunque los servicios de alquiler, las travesías y los eventos deben tramitarse con al menos quince días de antelación. Quedan exentos tablas de windsurf, float tubes y embarcaciones a remo de menos de 2,50 metros, que se consideran artefactos complementarios del baño y solo pueden usarse donde el baño no esté prohibido. La matriculación de una embarcación conlleva una tasa única de 64 euros.
La navegación se permite solo de día, entre la salida y la puesta del sol, y en tramos concretos: Aguijón, Alange, la parte española de Alqueva, Andévalo, los azudes de Badajoz y Mérida, Boquerón, Brovales, Cíjara, Colada, Cubilar, Cuncos, El Vicario, García de Sola, Gargáligas, Gasset, Horno Tejero, La Albuera de Castellar, La Cabezuela, La Serena, Los Molinos, Montijo, Orellana, Peñarroya, Piedra Aguda, Proserpina, Puerto de Vallehermoso, Rincón de Ballesteros, Ruecas, Sierra Brava, Tentudía, Torre de Abraham, Valuengo, Vega del Jabalón, Villalba, Villar del Rey, Zalamea, Zaos y Zújar. En la zona española de Alqueva se navega a riesgo y ventura.
Hay restricciones temporales que conviene conocer antes de aflojar amarras. En el embalse de Alange no se puede acercar el Peñón de La Porquera a menos de 100 metros de la orilla entre el 1 de abril y el 31 de julio; en Villar del Rey, la navegación está prohibida del 1 de enero al 31 de julio desde la desembocadura del arroyo Albarragena hasta el final de la cola; en Montijo, del 1 de marzo al 31 de julio aguas abajo de unas coordenadas específicas; y en El Vicario y Torre de Abraham, la navegación a motor se prohíbe del 1 de febrero al 31 de julio.
Las reglas de convivencia y seguridad son estrictas. La eslora máxima permitida en la cuenca es de 9,0 metros y quedan prohibidos los motores de combustión de dos tiempos. La velocidad máxima es de 16 nudos, unos 30 kilómetros por hora. No se puede navegar a menos de 200 metros de presas, azudes y sus órganos de toma o desagüe, ni a menos de 50 metros de las islas de los embalses, y queda prohibido entrar en lagunas y humedales naturales públicos sin autorización autonómica. En las zonas de baño hay que mantenerse a 200 metros, salvo para cruzar por las mangas balizadas a velocidad reducida, sin pasar de los 3 nudos. El motor a explosión no puede acercarse a menos de 50 metros de la ribera, salvo para fondear, varar o salir. Además, las embarcaciones deben cumplir los protocolos de desinfección para evitar especies invasoras como el mejillón cebra y la almeja asiática.
Los precios y cánones dependen de la modalidad, la eslora y la potencia, y se liquidan por periodos. Para eventos, el canon se fija según el tipo y el número de embarcaciones, con un mínimo de 72,95 euros por evento. Las tasas y cánones se abonan tras presentar la declaración responsable. Para dudas, la Confederación Hidrográfica del Guadiana atiende en su oficina de Badajoz, en Sinforiano Madroñero, 12, en el teléfono 924 21 21 00, y en navegacion@chguadiana.es.
Fecha de publicación
28 de agosto de 2026